Según las estadísticas, en el día a día, una gran parte de los accidentes ocurren durante la práctica de actividades de ocio. Así pues, resulta algo muy habitual ver como una tarde de pádel o una simple partida de bolos puede acabar en una verdadera tragedia.
En este sentido, en la mayoría de los casos, el accidente no va más allá de un simple golpe o rozadura pero, en otros casos, los daños producidos a raíz del accidente llegan a ser de una enorme gravedad. Es precisamente, en estos casos, cuando resulta esencial saber cuáles son los elementos clave que hay que tener en cuenta de cara solicitar una indemnización por los daños ocasionados.
A este respecto, los aspectos que resultan cruciales en una reclamación que se realiza en el marco de los daños producidos a raíz de un accidente durante la realización de una actividad de ocio son los siguientes:
Sin perjuicio de lo anterior, ha de tomarse en consideración que, dada la importancia de la determinación del daño y su alcance, es también recomendable recabar todos aquellos medios que permitan acreditar el mismo, como justificantes médicos de tratamientos e intervenciones que haya tenido que recibir el perjudicado.
Una vez determinado lo anterior, también es imprescindible detallar las consideraciones de carácter estrictamente jurídicos, que nos conducirán a la realización de una reclamación eficaz.
Por otro lado, es sabido que, por mucho de que seamos diligentes y asumamos el riesgo de actividad, hay ciertos límites o circunstancias de las que no podemos hacernos cargo. Y es en este caso donde entra en juego el papel del propio organizador del evento de ocio en el que estamos participando. Con esto nos referimos a que el propio organizador del evento tendrá que emplear todas las medidas razonables con el fin de prevenir cualquier accidente, y más si es previsible y está en la esfera de lo común, tal y como marca la legislación, cuestión que ha sido confirmada en reiteradas ocasiones por nuestros Tribunales. En este marco, el papel del organizador es esencial de cara a determinar su responsabilidad en los daños causados ya que, justamente, es la persona que se encarga del buen desarrollo del evento. Ahora bien, no se puede hablar de la misma forma respecto a las actividades de ocio que se encuentran dentro de las actividades de riesgo (como lo es el puenting, el boxeo, escalada…).
Finalmente, y de forma nada excepcional, debe tenerse en cuenta el papel que tienen otros participantes en la actividad de ocio: Por ejemplo el caso de un jugador de pádel que le lanza una pelota a otro con una fuerza descomunal. En estos casos, la intervención de éste también tendrá que valorarse de cara a poder determinar la responsabilidad de cada uno de los agentes intervinientes respecto de los daños causados.
Es importante tener en cuenta que, con carácter general, este plazo empieza a transcurrir desde el momento en el que se conoce el alcance del daño.
Habiendo dicho todo lo anterior, recalcamos que en la práctica se dan una multitud de factores que intervienen y que debe ser tenidos en cuenta de cara a determinar la viabilidad de reclamar la responsabilidad por los daños que sufre una persona a raíz de un accidente durante el disfrute de una actividad de ocio. Y es justamente por ello que tiene que ser valorado y estudiado de forma pormenorizada, caso a caso.