En este artículo vamos a analizar qué es un contrato de joint venture y en qué consiste, sus características, distintas etapas y modalidades.
Podemos definir esta figura contractual cómo aquella en la que dos o más personas (bien sean físicas o jurídicas), de manera voluntaria acuerdan aportar una serie de recursos para realizar una actividad empresarial de manera común con la finalidad de obtener un beneficio económico a través de la realización de aquella. De esta forma, las personas intervinientes en la relación contractual asumen los riesgos que atañe la actividad empresarial que se han propuesto desarrollar, generalmente dirigida a la prestación de servicios o producción de bienes. La aportación de las partes intervinientes podrá ser variada, por ejemplo las aportaciones en una joint venture podrán ser: De materias primas, tecnología, know-how, recursos humanos, capital, clientes, etc. En definitiva se trata de buscar una alianza empresarial estratégica entre dos o más partes con la finalidad de desarrollar una actividad mercantil y obtener un beneficio económico con el desempeño de la misma.
En el ordenamiento jurídico español no existe ninguna normativa expresa sobre el contrato de joint venture, aunque podemos encontrar referencias normativas al contenido objeto de dicho contrato. Al final lo determinante es la voluntad de las partes intervinientes en determinar concretamente el contenido de estos contratos, pues no existe un modelo básico estandarizado que pueda ser empleado por las empresas. Todo va a depender de las necesidades y objetivos concretos derivados de la alianza empresarial a su vez relacionados con los beneficios perseguidos.
Simplificándolo mucho podemos reseñar las siguientes fases:
En primer lugar y dado el momento globalizado en el que nos encontramos podemos estar hablando de una joint venture nacional, cuando los socios o empresas participantes de la joint venture pertenezcan al mismo Estado o de una internacional, que actualmente está alcanzando gran importancia, cuando los socios o empresas intervinientes que la integren sean de diferentes países. Por otro lado, las partes intervinientes pueden decidir crear en común una nueva entidad jurídica para la realización del negocio común o por el contrario desarrollarlo con base a los pactos estipulados en el contrato sin necesidad de crear una entidad independiente de sus participantes.
En conclusión, el contrato de joint venture debe de redactarse y planificarse en función de las necesidades de las partes intervinientes en éste y de la forma más práctica posible para alcanzar los objetivos que se pretenden fijar en el desarrollo de la actividad mercantil que se pretende implementar de forma conjunta. Si pretende sumar en su negocio y está pensando en que esta figura contractual es una buena manera de elevar el mismo no dude en contactar con nosotros estaremos encantado de ayudarle en todas sus fases.